VI. La información acerca de los sistemas electrónicos

La información acerca de los sistemas electrónicos, procesos, oficinas, ubicación, teléfonos, horario de atención, página electrónica, cuotas y responsables de atender las solicitudes de acceso a la información.

Información actualizada al 1er trimestre 2016

 

L.I. Omar Flores Muñoz

Unidad de Enlace de la Transparencia

Correo Electrónico: transparencia@riograndezac.gob.mx

Constitución # 36, C. P. 98420

Horario de atención al público: de 8:30 a 15:30 hrs. de Lunes a Viernes

tel: 498 98 2 20 44 Ext. 21


 

Para realizar solicitudes de información vía Internet: SISTEMA INFORMÁTICO INFOMEX

 


 

Proceso para recibir y dar respuesta a solicitudes de información.

 

Existen dos formas de realizarlo:

  1. Por vía Sistema INFOMEX:

Esto es registrándose la página http://infomex.zacatecas.gob.mx/Infomex/ en la cual pueden realizar su solicitud en línea.

 

  1. De manera Presencial:

Esto es acudiendo a la Presidencia Municipal al departamento de Transparencia y solicitar un formato para hacer una solicitud de información, o bien descargándole de este link

 

El cual también se encueta en la página del Municipio en la sección de transparencia/Artículo 11/ Fracción II

Después de haber recibido la solicitud por cualquiera de estos dos medios se analiza para checar que no sea una solicitud ambigua, en caso de ser así se le hace saber al solicitante, en caso contrario se le hace llegar al o los departamentos que pueden dar respuesta a la solicitud.

El Municipio cuenta con 10 días hábiles para dar respuesta al solicitante por el medio que se haya solicitado.

 


 

Costo por Reproducción

Los costos de material por la reproducción de información se establecen con fundamento en el Artículo 82 de La Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas que textualmente dice:

…- El sujeto obligado podrá efectuar el cobro de derechos por la reproducción de información pública, cuyas cuotas determinen las correspondientes leyes tributarias.

Los costos por obtener información pública deberán ser a precio comercial promedio del lugar de residencia del sujeto obligado, los cuales no podrán ser superiores a la suma de:

  • El costo de los materiales utilizados en la reproducción de la información;
  • y El costo de envío

…- El sujeto obligado podrá efectuar el cobro de derechos por la reproducción de información pública, cuyas cuotas determinen las correspondientes leyes tributarias.

Las copias certificadas tendrán el costo que se determine conforme a la legislación aplicable.

Así mismo la Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas para tal efecto establece:

ARTÍCULO 69 bis.-Los servicios que prestan las dependencias de la Administración Pública Centralizada a que se refiere el artículo 10 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas, por los documentos físicos o que en medios magnéticos le sean solicitados en materia del derecho a la información pública, se cobrarán conforme a lo siguiente:

Descripción

Costo

I) Por la expedición de copia simple por hoja

$1.00

II) Por expedición de copia certificada por hoja

$10.00

III) Por la expedición de copia a color por hoja

$15.00

IV) Por cada disco flexible de 3.5 pulgadas que contenga la  Información requerida

$10.00

V) Por cada disco compacto que contenga la información requerida

$15.00

VI) Por expedición de copia simple de planos por metro cuadrado de papel

$60.00

VII) Por expedición de copia certificada de planos por metro cuadrado de papel

$80.00

Remisión de información solicitada, sólo en aquellos casos en que se requiera que el envío de la información se realice por servicio de paquetería

Servicio Postal Mexicano:
1 cuota
Servicio Postal de empresas privadas: 3 cuotas

Las mismas cuotas y tarifas serán aplicables por la expedición de los documentos físicos o que el medio magnético u óptico realicen los poderes legislativo y judicial y que les sea solicitados en materia de acceso a la información pública. Lo anterior sin perjuicio de las exenciones o no causación de derechos por estos conceptos previstas en otras leyes

(Reformado P.O.G. número 105, de fecha 31 de diciembre de 2005; Decreto número 226.)

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